SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Corte invalida condiciones

Elimina requisito de no antecedentes penales

NACIONAL

·
Esto es lo que determinó la Suprema Corte Créditos: Especial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el requisito impuesto por diversos artículos de la ley de los municipios en Quintana Roo, que evitaban que personas con una pena de prisión de más de dos años pudieran acceder a los cargos de Procuraduría de Protección al Ambiente, de la Secretaría del Ayuntamiento y Tesorería de municipios de la entidad.

Este fallo permite que las personas puedan acceder a cargos públicos sin necesidad de presentar carta de no antecedentes penales.

El máximo tribunal invalidó la porción “y no haber sido sentenciada por delito doloso que amerite pena privativa de libertad de más de dos años de prisión”.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos promovió la invalidez de los artículos 119 y 123 de la ley de municipios de Quintana Roo y a pesar del voto en contra de la ministra Lenia Batres, fue aprobada por 9 de 11 ministros en sesión del pleno de la SCJN.

“Deben declararse infundados los argumentos en que se trata de sustentar la inconstitucionalidad de los requisitos para ocupar cargos públicos relacionados con no tener antecedentes penales o no haber sido condenado por cometer delitos con cierta temporalidad”, señaló la ministra.

Y es que según el argumento presentado por la ministra, existe expresa reserva de ley para fijar las calidades para ser nombrado o nombrada para cualquier empleo, cargo o comisión del servicio público, además que no existe un derecho humano a ocupar un determinado cargo público, sino un derecho humano al trabajo y se le quieren aplicar las mismas consideraciones.

A nivel internacional se ha promovido el derecho humano al buen gobierno que tiene como fundamento la probidad y el ejercicio debido de funciones, sin embargo, estos tratados internacionales todavía no han sido asignados por México.