El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO) resolvió el Procedimiento Especial Sancionador 02/2025 y determinó que el regidor plurinominal electo de José María Morelos, José Francisco Puc Cen, conocido como “Xiximac”, no incurrió en violencia política contra las mujeres en razón de género, como lo denunció la séptima regidora Engel Evaney Rhaburn Cauich, quien ocupa actualmente el cargo y milita en el mismo partido, Movimiento Ciudadano.
Durante la sesión, las magistraturas analizaron las constancias del expediente y aplicaron la jurisprudencia 21/2018, titulada “Violencia Política de Género. Elementos que la actualizan en el debate político”. Tras la revisión de las pruebas, el Tribunal concluyó que no se acreditaron diversas conductas señaladas en la queja, por lo que declaró su inexistencia.
También determinó que ciertas expresiones denunciadas constituyen críticas de carácter político que, aunque severas, se encuentran protegidas por la libertad de expresión y forman parte del debate público, al no dirigirse a la denunciante por su condición de mujer ni basarse en estereotipos de género.
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En consecuencia, el Pleno declaró la inexistencia de violencia política en razón de género respecto de varias personas, perfiles de Facebook y un instituto político mencionados en la denuncia, al no actualizarse los elementos jurídicos necesarios para configurar la infracción.
No obstante, el Tribunal sí acreditó la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género atribuida al perfil de Facebook “MagentaTiger7308”. El caso derivó de un comentario publicado en un grupo de esa red social, el cual, según el análisis de las magistraturas, rebasó los límites de la crítica política.
El TEQROO concluyó que las expresiones emitidas por ese usuario constituyen violencia en sus modalidades verbal, simbólica y psicológica, al formar parte de un discurso discriminatorio que afecta la dignidad de la denunciante y reproduce narrativas que perpetúan la desigualdad de género en el ejercicio de sus derechos político-electorales.
Por ello, el Tribunal ordenó vincular al Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) para que implemente las medidas de reparación establecidas en la sentencia, con el objetivo de restituir los derechos vulnerados y prevenir conductas similares en el ámbito político.